El uso de la red para desarrollar ataques informáticos con fines terroristas o de planificar sus objetivos con más precisión y mayor impunidad, ha alertado sobre manera a las autoridades de los países occidentales. Tras el horrible e injustificable atentado del 11-S los dirigentes europeos y norteamericanos han desarrollados diferentes conferencias que tiene un claro exponente en los esfuerzos y logros obtenidos por la Comisión de Bruselas del 19 de abril de 2002. En este punto, cabe destacar los peligros que se encubren tras la amalgama de webs y posibilidades que ofrece la red de redes. Por eso, entendemos las medidas de excepción que debidamente justificadas y delimitadas, pueden ejercer los gobiernos de las distintas naciones por tiempo restringido. En este contexto, estamos a favor de un posible caso de acotación del derecho a la privacidad o de libre comunicación. No obstante, este tipo de ejercicio debe estar muy bien especificado y justificado para poder llevarse a cabo. En el caso concreto de las medidas adoptadas después del 11-S por la administración Bush nos parece, no obstante, que se produjeron evidentes y desaprensivas medidas al respecto. Y es que no existe un mecanismo de delimitación y contrapeso a las medidas gubernamentales de excepción que realmente ofrezca garantías. Aunque este debate requiere y necesita de un mayor y profundo desarrollo, valga advertir la necesidad de estas medidas cómo la adquisición de garantías que permitan delimitar la necesidad y temporalidad de las mismas.
miércoles, 28 de noviembre de 2007
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